3.2.2 Republicación de artículos

 

Las revistas no deben permitir republicación de artículos ya publicados en otras revistas, excepto en los casos citados por la recomendación de la ICMJE (International Committee of Medical Journal Editors), es decir, ciertos tipos de artículos como directrices/guías producidas por agencias gubernamentales u organizaciones profesionales que pueden necesitar de amplia divulgación. La republicación de artículos por varias otras razones, en la misma u otra lengua, especialmente los publicados en revistas de otros países, es justificable y puede traer beneficios, desde que las condiciones apuntadas en el ICMJE sean atendidas.

Debe estar claro en las Instrucciones a los Autores que no se debe someter manuscritos simultáneamente a dos o más revistas. Además, los lectores deben ser informados cuando el artículo no es original y es una republicación, y la revista debe incluir informaciones sobre la aprobación del editor de la revista en la que el artículo fue publicado por primera vez y la cita de la fuente original en nota de pie de página. Si el artículo republicado ya fue registrado en LILACS, lo republicado no será incluido en la base de datos.

Si dos o más manuscritos del mismo equipo de investigación utilizan un mismo conjunto de datos para el análisis (dataset), cada manuscrito debe tener contenido sustancial con diferentes métodos analíticos, discusión y conclusiones, y se debe hacer la cita de publicaciones anteriores de este mismo conjunto de datos para fines de transparencia. Si la interpretación de datos y conclusiones son similares, sólo el primer manuscrito será registrado.

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